Las nuevas medidas de reclusión, según el nuevo Real Decreto Ley 10/2020 de 29 de marzo, no afectarán al transporte de mercancías. Así lo ha confirmado El Ministerio de Transporte, al indicar que esta es una actividad esencial. La confirmación fue realizada en virtud a diferentes interpretaciones que habrían surgido a raíz de la publicación del Real Decreto Ley, el 29 de marzo.

A tales efectos el Comité Nacional de Transporte por Carretera CNTC, habría solicitado una aclaratoria. La solicitud fue realizada al Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, a fin de que aclarase las circunstancias en las que puede realizarse una operación de transporte.

Ante esta solicitud, la DGT respondió que se habían remitido instrucciones a la Guardia Civil y Comunidades Autónomas. En ellas se ratificaba que el transporte de mercancías es actividad esencial y como tal no aplicaban restricciones de ningún tipo. Así mismo, indicaron que esta aclaratoria, debía ser transmitida a las policías municipales y autonómicas.

En definitiva, para el Ministerio de Transporte, las actividades no esenciales deben paralizarse. Ante la posibilidad de que las empresas de transporte podrían verse afectadas al transportar mercancías no esenciales, deberá tomarse en cuenta lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto Ley.

En orden de ideas, el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, establece la continuidad de los servicios de transporte de mercancías no vinculadas a actividades esenciales. Mientras que este transporte se hubiese iniciado antes de su entrada en vigor. Esto incluye como parte del servicio, la operación de retorno correspondiente.

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Corredores verdes

La Organización Internacional del Transporte por Carretera (IRU), ha solicitado al gobierno de España, que se implementen los corredores verdes. Efectivamente el presidente de la IRU, envió una carta al presidente del Gobierno de España y al ministro de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana.

Esta organización ha señalado que los bloqueos fronterizos, pudieran estar obstaculizando la actividad del transporte de mercancías. Así mismo, señala que pese a la desaceleración de la actividad, se debe garantizar el suministro de alimentos y material sanitario. Considera esta organización, que las largas colas que se están produciendo en las fronteras, son inadmisibles.

Por este motivo, exigen al Gobierno de España, acogerse a las directrices de la Comisión Europea. Estas directrices establecen la necesidad de reducir a menos de 15 minutos, los tiempos de espera. Cabe destacar que la organización representa a más de 3,5 millones de empresas de transporte, en los Estados miembros de la Unión Europea.

Radu Dinescu, presidente de la organización, menciona especialmente las colas que se han producido en estos días en algunas fronteras. Por lo que solicita a Pedro Sánchez y José Luis Ábalos que implanten acciones concretas para evitar el colapso. En este sentido, demanda que los controles e inspecciones se realicen solo cuando sean necesarios.

Sin embargo, cabe destacar que la Comisión Europea, habría recomendado ciertas medidas. La suspensión inmediata pero temporal, de las restricciones de circulación. Los Estados miembros, no deben separar a los vehículos que están en tránsito, en su territorio. Así mismo la prohibición de circular los fines de semana, debe ser levantada.

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El transporte de mercancía en territorio español

La Organización Castellana de Empresas de Mudanzas (OCEM) habría consultado sobre la afección del Estado de Alarma, a esta actividad.  Es así como la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, del Ayuntamiento de Madrid, ha ratificado, como no esenciales a los servicios de mudanzas. En tal sentido, la circulación queda prohibida.

En otro orden de ideas, la Generalitat de Cataluña, emitió el 31 de marzo 2020, una resolución, donde se levantan restricciones de circulación. Es así como desde el 1 de abril de 2020 y mientras esté vigente el estado de alarma, deja sin efecto las restricciones de circulación.

Esta medida incluye a vehículos destinados al transporte de mercancías en general y a los vehículos de transportes especiales. Así como también a los vehículos especiales y los vehículos y conjuntos que transportan mercancías peligrosas.

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